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Proyecto de ley podría exigir a aerolíneas una compensación por cancelación de vuelos


La iniciativa, presentada por el Diputado Calisto modifica el código aeronáutico.

Consciente de los problemas y los perjuicios que sufren los pasajeros cuyos vuelos son cancelados a última hora, el diputado Miguel Ángel Calisto presentó un proyecto de ley que modifica el Código de Aeronáutica y que establece que las aerolíneas deberán compensar a los pasajeros de trayectos nacionales si se avisa con menos de 12 horas de anticipación.

La propuesta legislativa establece que el transportador deberá informar las modificaciones pertinentes hasta 24 horas antes en vuelos internacionales. Si esto no sucede, la aerolínea tendrá igual obligación según lo dispuesto en el artículo 133 del código de aeronáutica que determina las compensaciones que deben hacer las empresas en caso de sobreventas.

Estas compensaciones van desde las dos unidades de fomento para vuelos de 500 kilómetros, hasta las 20 Unidades de Fomento para vuelos que superan los 8 mil kilómetros, esto además de la reprogramación del vuelo o el reembolso del pasaje. En el caso de un vuelo a la Región de Aysén, la compensación sería de 4 Unidades de Fomento (poco más de $109 mil).

Según el parlamentario, “la cancelación de un vuelo a última hora genera una serie de problemas a los pasajeros, quienes muchas veces deben dormir en el aeropuerto a la espera de poder subirse a un avión que los lleve a su destino. Esto se acrecienta a la hora de hablar de zonas donde el avión es la única forma de traslado, como es el caso de las regiones de Aysén y Magallanes”.

Calisto agregó que  “el 15 de julio pasado, en el aeropuerto de Balmaceda 14 pasajeros de un vuelo Sky tuvieron que pasar la noche en sus dependencias soportando temperaturas de -5 grados. La empresa informó primero de un cambio en el horario del vuelo y sólo una hora antes de partir, suspendieron dicho trayecto sin entregar mayores explicaciones y sin entregarles una solución a sus clientes”.

“Esto a mi entender es un abuso por parte de las aerolíneas. En algunas ocasiones la aerolínea sólo avisa de la suspensión del vuelo minutos antes y sin dar los motivos que llevaron a tomar esta decisión, lo que genera la entendible molestia de los pasajeros.  Además, según la normativa vigente, la empresa no está obligada a indemnizar de alguna manera a los pasajeros cuando la cancelación es por motivos climáticos o de fuerza mayor y cuya notificación haya sido inoportuna”, señaló.

El proyecto contó con el apoyo de un grupo transversal de parlamentarios de regiones, incluyendo al diputado René Alinco.

Finalmente, el diputado Calisto aseguró que “en el eventual caso que una aerolínea tenga conocimiento previo de las causales que dan lugar a la modificación del contrato, no hay cláusula alguna que establezca la obligatoriedad de entregar esa información a su contratante con inmediatez. La entrega oportuna de la información permitiría que los clientes puedan coordinar de mejor manera la recalendarización de sus vuelos y no tengan que pasar largas horas estancados en el aeropuerto”.

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