19 empresas fueron sancionadas por prácticas antisindicales
COMERCIO | Dirección del Trabajo divulgó lista de condenas dictadas por los tribunales durante el primer semestre de este año. La nómina incluye a conocidas empresas del retail y de la minería.
La acción fiscalizadora de la Dirección del Trabajo (DT) permitió a los tribunales de justicia condenar durante el primer semestre de este año a 19 empresas de todo el país por haber incurrido en prácticas antisindicales.
Así lo demuestra la nómina de empresas castigadas difundida públicamente por la DT, cumpliendo así con el deber que le imponen los artículos 294 bis y 390 bis del Código del Trabajo.
En efecto, 16 de los 19 casos zanjados en el Poder Judicial fueron propiciados por la DT luego de que sus investigaciones administrativas corroboraran la verosimilitud de las denuncias presentadas por organizaciones sindicales.
En general, la actuación de la DT en este ámbito ha sido decisiva, como lo demuestra el hecho de que en los últimos cinco años más del 75% de las condenas ratificaron la validez de sus indagaciones previas.
Esta vez los tribunales aplicaron multas por 44.443.728 millones de pesos, además de ordenar el cese inmediato de las infracciones cometidas, consideradas graves por el ordenamiento legal debido a que violentan el ejercicio de la libertad sindical. También disponen las medidas de reparación que consideren adecuadas a la ilegalidad incurrida.
Otro efecto perjudicial, tal vez el de mayor peso, para las empresas condenadas es que durante dos años, a partir de la sentencia ejecutoriada, no pueden ser proveedoras del Estado, según lo dispone el artículo 4º de la Ley 19.886. Es decir, quedan excluidas del Sistema de Compras Públicas del Estado por el periodo citado.
El director del Trabajo, explicó que “esta vez hubo el mismo número de condenas que en el segundo semestre del año pasado, que es inferior a otras oportunidades, pero cualquier atropello a la libertad sindical es grave porque quiere decir que el empleador no entiende el valor superior que significa el derecho de los trabajadores a darse la organización que estimen más pertinente para defender con más eficiencia sus derechos”.
En cuanto a las empresas ahora condenadas, no hay repeticiones respecto de las cuatro listas anteriormente publicadas.
Sin embargo, resaltan empresas del comercio, como Administradora de Supermercados Híper Ltda./Líder, París Administradora Norte Ltda., Multitiendas Corona S.A y Bigger S.A. También figuran otras empresas conocidas como Farmacias Cruz Verde S.A., Automotriz Salfa Sur Ltda., Carozzi S.A., Portuaria Nacional Ltda. y Transportes Cruz del Sur Ltda.
En la minería aparecen Minera Escondida Ltda. y S.Q.M. Salar S.A.
Respecto de las infracciones más comunes, aparecen la discriminación por sindicación, el reemplazo ilegal de trabajadores en huelga, la separación ilegal de dirigente sindical, prácticas desleales y vulneración del derecho a la libertad y autonomía sindical, entre otros.
Publicado por Equipo EPD Noticias / Fuente: Dirección del Trabajo
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